Descripción

En colaboración con la campaña promovida a nivel nacional por la Dirección General de Tráfico, la Policía Municipal de Valladolid pondrá en marcha el próximo lunes día 5 de octubre la "CAMPAÑA ESPECIAL SOBRE DISTRACCIONES AL VOLANTE", que se prolongará hasta el domingo 11.

OBJETIVO DE LA CAMPAÑA:


Concienciar a los conductores sobre la peligrosidad de la utilización de las nuevas tecnologías mientras se conduce, especialmente el uso indebido de teléfonos móviles, navegadores u otros dispositivos, que durante la conducción multiplica por cuatro el riesgo de sufrir un accidente, equiparable a la conducción con exceso de alcohol. En los peatones provoca distracción y aumenta el riesgo de atropello.

Las campañas de control y vigilancia sobre los factores de riesgo asociados a las distracciones se inscriben en la relevancia que tienen sobre la seguridad vial, tanto en el aumento del riesgo de siniestro durante la conducción, como en el aumento de la severidad de las lesiones de los accidentados. Debe considerarse que las distracciones al volante son el primer factor concurrente más habitual en los siniestros de tráfico, especialmente, en aquellos siniestros con víctimas mortales, 404 casos asociados en el año 2022, lo que representa un 31% sobre el total de los siniestros mortales considerados.


normativa SOBRE DISTRACCIONES AL VOLANTE:


El artículo 76 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece lo siguiente:

Se considera infracción grave:

f) Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción.



Adicionalmente la última reforma legislativa modificó la redacción del artículo 76, apartado g):

g) Utilizar, sujetándolo con la mano, o manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las anteriores, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

Las citadas infracciones se castigan con una multa de 200 euros en su artículo 80.


Dicha reforma legislativa modificó también el número de puntos que se pierde en relación con el uso del móvil mientras se conduce, pasando de tres a seis puntos, con el siguiente descriptivo: 8. Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Perdida de 6 puntos

Los preceptos de la última reforma normativa entraron en vigor el pasado 21 de marzo de 2022.

Según consta en los datos del sistema de seguimiento del permiso por puntos (10 primeros años), casi la mitad (46%) de las sanciones impuestas por la DGT en estos diez años del permiso por puntos lo son de infracciones por exceso de velocidad, seguidas por la de no uso del cinturón de seguridad y sistema de retención infantil (11%); el uso del teléfono móvil /dispositivos de sonido (10%) y la conducción habiendo consumido alcohol o drogas (9%).

En lo referente a otro tipo de distracciones, la vigilancia se orientará a cualquier otra conducta o actitud del conductor que le impida prestar permanente atención a la conducción del vehículo.