Descripción


El Ayuntamiento de Valladolid, en sesión de Pleno de 5 de mayo de 2016, acordó la aprobación inicial de la "Ordenanza de Transparencia, Acceso a la Información y su Reutilización " normativa que se entiende aprobada definitivamente a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril.

El Procedimiento viene definido en la Sección 2ª de la Ordenanza de Transparencia, Acceso a la Información y su Reutilización:

Artículo 31. Notificación y publicidad de la resolución.

1.-La resolución que se dicte en los procedimientos de acceso a la información pública se notificará a los solicitantes y a los terceros titulares de derechos e intereses afectados que así lo hayan solicitado.

En la notificación se hará expresa mención a la posibilidad de interponer contra la resolución la reclamación potestativa a que hace referencia el artículo 23 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, o recurso contencioso-administrativo.

La Instrucción 1/2017 de Secretaría General, sobre la resoluciones de las solitudes de acceso a la información, complementa a la Ordenanza de Transparencia, Acceso a la Información y su reutilización, en la definición del procedimiento de tramitación.