Descripción

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ), con sede en Valladolid, ha desestimado íntegramente el recurso presentado por la Federación de Asociaciones Vecinales Antonio Machado contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valladolid, de 13 de febrero de 2025, por el que se aprobó definitivamente el Presupuesto General para ese ejercicio.

La sentencia número 1019/2026, de 19 de octubre, dictada en el procedimiento ordinario 320/2025, rechaza tanto la pretensión principal de nulidad del Presupuesto como la solicitud subsidiaria de anulación. Asimismo, descarta reconocer la obligación municipal de incorporar las propuestas del Grupo Motor de los Presupuestos Participativos y de retrotraer el procedimiento presupuestario para incluirlas.


Los Presupuestos Participativos no implican obligación automática de gasto

Uno de los aspectos centrales del fallo es que la inclusión de proyectos en un proceso de Presupuestos Participativos no supone, por sí misma, el reconocimiento de una obligación económica exigible al Ayuntamiento de Valladolid ni determina su incorporación automática al Presupuesto municipal.

La Sala señala que las obligaciones presupuestarias deben sustentarse en la normativa aplicable y en decisiones adoptadas por los órganos competentes. En este sentido, considera que el Reglamento de Presupuestos Participativos no impone la aprobación automática de todas las propuestas ni constituye, por sí solo, un título jurídico que obligue a consignar una partida económica concreta. La sentencia también destaca que el reglamento no establece cuantías ni plazos que permitan considerar que se ha omitido un crédito necesario en los términos previstos en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La sentencia confirma la legalidad del Presupuesto General del Ayuntamiento de Valladolid para 2025 porque éste no estaba obligado a incluir las propuestas de los Presupuestos Participativos que no habían sido aprobadas, ya que no existía ninguna obligación legal ni reglamentaria de incluirlos, lo cual no ha supuesto que el Ayuntamiento no los haya tenido en cuenta en las cuentas municipales de 2025 y de 2026.