Descripción

Más de 5.000 contribuyentes pagan el IBI, el impuesto de circulación y otras tasas de forma prorrateada a lo largo del año. El Ayuntamiento de Valladolid habilita este mes de noviembre para solicitar esta modalidad de pago. Por tanto, restan diez días de plazo. En lo que llevamos de mes se han tramitado 99 altas en la Cuenta Tributaria Municipal: el 75% de forma presencial (en las oficinas de la Plaza Santa Ana) y un 25% a través de solicitudes presentadas en el Registro General.


El concejal de Planificación y Recursos, Pedro Herrero, subraya que el plazo para adherirse a este método de pago está abierto en noviembre, mes en el que ya se han dado de alta, hasta la fecha, un centenar de vecinos: "Con este método de pago el Ayuntamiento de Valladolid facilita a los ciudadanos el cumplimiento de esta obligación; es una opción que tienen los contribuyentes para pagar mensualmente el Impuesto de Bienes Inmuebles, el Impuesto de Circulación, la tasa de vados o cualquier otro concepto. Por cierto, impuestos que en 2023 seguirán congelados porque el Gobierno Municipal no ha subido los impuestos desde que Óscar Puente es alcalde, y ya van ocho años de congelación fiscal; es más suprimimos, la tasa de basuras", recuerda el concejal Pedro Herrero.


Los ciudadanos interesados en utilizar esta modalidad de pago de los tributos, para el ejercicio 2023 deberán solicitarlo en el mes de noviembre del ejercicio 2022 y cumplir los siguientes requisitos:

1) Estar incluidos en el censo de contribuyentes de los tributos enumerados anteriormente.

2) No tener deuda pendiente en vía ejecutiva

3) Domiciliar el pago de las cuotas en una única cuenta

4) El importe total anual de la deuda tributaria no podrá ser inferior a 200€

Los contribuyentes que ya figuraran adheridos a este sistema especial de pago en ejercicios anteriores, mantendrán esta modalidad de pago de manera indefinida siempre que cumplan los requisitos anteriores, y deberán comunicar expresamente al Ayuntamiento de Valladolid durante el mes de noviembre cualquier cambio que afecte a su Cuenta Tributaria.

En la Cuenta Tributaria Municipal se cargarán mediante domiciliación bancaria:

- 12 cuotas mensuales con vencimiento dentro de los cinco primeros días de cada mes, de enero a diciembre.

- En la cuota del mes de diciembre se regularizará la diferencia, en el supuesto de que se produjera una alteración de alguna de las cuotas estimadas.

- Las deudas tributarias integradas en esta modalidad de pago tendrán vencimiento en período voluntario el 31 de diciembre del correspondiente ejercicio, y no se generarán intereses de demora.

- El impago de cualquiera de las cuotas implicará la cancelación de la cuenta tributaria.


Plazo de solicitud:

-Durante el mes de noviembre del ejercicio anterior al de su aplicación.

Lugar y forma de presentación:

-Oficina de Atención al Contribuyente -Servicio Gestión Ingresos- Plaza Santa Ana 6, planta baja. Atención con cita previa que se puede obtener en el teléfono 618 139 635 o sede electrónica: https://www.valladolid.es/cita-previa-sgi

-Registro general del Ayuntamiento de Valladolid. Sede electrónica: www.valladolid.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva

Documentación:

Acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria y de los documentos justificativos de la representación si se actúa en nombre de otra persona física o jurídica.

Información:

Teléfono 983 426426. Correo electrónico nat@ava.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva.

Horario:

-de 8.30 a 14.30 horas, de lunes a viernes laborales del mes de noviembre.

Regulación:

:-Ordenanza general de gestión, liquidación, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Valladolid, artículo 37 apartado 8.

La Cuenta Tributaria Municipal es un sistema de pago con vencimiento especial que permite al contribuyente realizar, mediante ingresos mensuales a cuenta de la deuda tributaria anual estimada, el pago correspondiente a todos los tributos de cobro periódico anual que le afecten de entre los siguientes: Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, Impuesto sobre bienes inmuebles, Impuesto sobre actividades económicas, Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de espacio para aparcamiento, Tasa por instalación de quioscos en la vía pública y Tasa por ocupación del suelo por cajeros automáticos.