Descripción

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid, reunida esta mañana en sesión ordinaria, ha abordado los asuntos que figuran a continuación dentro del orden del día.

En el Área de Urbanismo y Vivienda, el órgano de gobierno ha concedido la licencia de primera ocupación a 28 viviendas construidas en la Plaza Fuente Dorada, 2 (veinte) y en la calle San Luis, 23 (8). Respecto a los permisos de obras se ha autorizado la construcción de 37 viviendas, seis apartamentos y dos dúplex en el plan parcial Arcas Reales.

También se han otorgado a Iberdrola Inmobiliaria las licencias ambiental y de obras para rehabilitar el edificio situado en el Paseo Isabel la Católica con esquina a la calle Veinte de Febrero -antiguo inmueble de la Electra Popular Vallisoletana-, que será destinado a hotel de cinco estrellas. Dispondrá de unas ochenta habitaciones, aparcamiento interior y salones para la celebración de convenciones.

Al tratarse de un edificio catalogado -fue proyectado por el arquitecto Rodríguez Zarracina y construido en la década de 1900-, la recuperación habrá de conservar la fachada de ladrillo caravista y conservar intactas las partes protegidas del inmueble.

Dos pretensiones rechazadas

Asimismo, en la reunión se ha dado cuenta de dos sentencias que afectan a cuestiones municipales. La primera de ellas atañe al recurso presentando contra el Consistorio por la Federación de Asociaciones de Vecinos "Antonio Machado" en el año 1988, en relación con una supuesta irregularidad en la consignación del gasto de las obras del polideportivo Pisuerga.

La citada Federación planteó el pasado mes de marzo la ejecución de la sentencia, en el sentido de declarar la nulidad de radical de los 250 millones de pesetas consignados en el presupuesto de 1986, pretensión que la Sala ha denegado por entender que la posterior consignación presupuestaria de esa cantidad en las arcas municipales se efectuó de manera correcta.

El otro fallo concierne al recurso interpuesto por la Asociación de La Rondilla sobre la concesión de subvenciones a asociaciones vecinales en el año 2001, por apreciar -único de los alegatos esgrimidos- que el acto impugnado carecía de motivación. La Administración municipal explicó posteriormente la motivación del reparto de las ayudas, razón por la que la Sala rechaza el propósito de los promotores del recurso.