El Ayuntamiento aprueba inicialmente el Proyecto de Ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones
El Ayuntamiento aprueba inicialmente el Proyecto de Ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones en sesión extraordinaria de fecha 13 de diciembre de 2022
El Ayuntamiento aprueba inicialmente el Proyecto de Ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones en sesión extraordinaria de fecha 13 de diciembre de 2022
El Proyecto de Ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones contempla el ámbito de aplicación y la delimitación, quiénes pueden acceder, las exenciones que permitirán el acceso a la ZBE, el control de los accesos y el régimen sancionador.
"El objetivo que se persigue con la Zona de Bajas Emisiones es claro: mejorar la calidad del aire que respiramos", ha afirmado el alcalde, Óscar Puente, acompañado de la concejala de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, María Sánchez. Y también han estado presentes en la rueda de prensa los concejales de Movilidad y Espacio Urbano, Luis Vélez; de Planeamiento Urbanístico y Vivienda, Manuel Saravia; de Participación Ciudadana y Deportes, Alberto Bustos; y la edil de Innovación, Desarrollo Económico, Empleo y Comercio, Charo Chávez.
La justificación de esta normativa está guiada por un principio: "La calidad del aire como bien jurídico protegido".
- La atmósfera es un bien común indispensable para la vida. Todas las personas tienen derecho al uso y disfrute de una buena calidad del aire, a la vez que tienen el deber de colaborar en su conservación.
- Todas las personas tienen el derecho a la protección de la salud frente a las diferentes formas de contaminación, de acuerdo con los estándares y los niveles que determinen las leyes.
En consecuencia, los ayuntamientos tienen el deber y la potestad de restablecer y preservar la buena calidad del aire de acuerdo con los parámetros establecidos en la legislación vigente, así como de velar por la salud del conjunto de la población. Y el Ayuntamiento de Valladolid cumple con este deber legal. Es objeto de esta Ordenanza la creación de una Zona de Bajas Emisiones en el municipio de Valladolid y establecer los criterios de circulación con el objetivo de reducir las emisiones a la atmósfera procedentes del tráfico rodado, puesto que este es el origen más importante de los niveles de contaminación de efecto local de la ciudad. La finalidad de esta Ordenanza es trasladar a la normativa municipal mandato establecido en la Ley 7/2021, de cambio climático y demás normativa de aplicación en la materia.
La concejala de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, María Sánchez, ha destacado la participación y el diálogo a lo largo del proceso: "Esta mañana hemos presentado el texto de la nueva ordenanza a los grupos municipales, a las asociaciones empresariales y de comerciantes y también a colectivos vecinales, ecologistas y otras entidades ciudadanas. La intención es, como siempre, tratar de avanzar con el mayor consenso posible y dando opción a que se puedan incorporar matices y mejoras".
Los objetivos están centrados en la protección de la salud y la mejora del entorno en el que vivimos:
Según los últimos datos facilitados por la Organización Mundial de la Salud, nueve de cada diez personas respiran aire altamente contaminado. De hecho, la Agencia Europea de Medio Ambiente estima en más de 20.000 muertes prematuras en España al año a causa de la mala calidad del aire. La Ley 7/2021, de 20 de mayo, establece en su artículo 14 que los municipios españoles de más de 50.000 habitantes, deberán adoptar, antes de 2023, el establecimiento de zonas de bajas emisiones.
El Plan de Mejora de la Calidad del Aire, aprobado por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valladolid, prevé la creación de una Zona de Bajas Emisiones. El perímetro del área restringida se fija en las siguientes calles:
Puente Mayor- c/ Juana de Castilla – c/Arzobispo José Delicado –Paseo del Hospital Militar – Paseo del Arco de Ladrillo (bis) – Paseo del Arco Ladrillo – c/ Santa Fe - Paseo Farnesio – Avenida de Segovia - túnel de labradores - c/ de la Vía - c/ Unión - c/ Nicasio Pérez - Plaza de San Juan – c/Huelgas – c/ Real De Burgos – Chancillería - c/ Gondomar- c/ Rondilla de Santa Teresa – c/ Mirabel – Plaza de San Nicolás – Puente Mayor.
Usos de la Zona Baja de Emisiones:
- -Los vehículos que acrediten su pertenencia a los servicios públicos esenciales
Exenciones:
- Los vehículos de los que dispongan las personas físicas o jurídicas, empadronadas en la ZBE.
- Los vehículos acreditados que presten servicios de urgencias en la vía pública sobre suministro de agua, gas, electricidad o telecomunicaciones y de sus contratistas que realicen obras en la vía pública.
- Los vehículos de auto TAXI.
- Los vehículos de transporte público colectivo, los autobuses turísticos que den servicio a las líneas que circulan por el interior de Valladolid que cuenten con la autorización municipal, los autobuses que den servicio a los establecimientos o instituciones de la ZBE y los vehículos que den asistencia a los mismos.
- La carga y descarga, en los términos establecidos en la Reglamento Municipal de Tráfico.
- Los vehículos de empresas, sean éstas personas físicas o jurídicas, siempre que dichos vehículos sean necesarios para prestar sus servicios o para la entrega o recogida de suministros.
- Los vehículos que indiquen quienes ostenten la propiedad de plazas de garajes particulares.
- Vehículos de mudanzas, servicios funerarios y vehículos destinados al transporte de fondos y gestión del efectivo, para atender servicios dentro de la ZBE.
- Grúas de rescate de vehículos y vehículos - taller y auxilio en carretera para atender servicios dentro de la ZBE.
- Los vehículos de personas con ingresos anuales inferiores a 1.3 veces el IPREM anual, incrementados en el caso de unidad familiar o de convivencia, en un porcentaje por cada miembro adicional (20% por el primer miembro adicional, 10% por el segundo y 5% por el tercero y siguientes), hasta el límite máximo del 2,1 del IPREM anual, por unidad familiar).
Accesos Temporales:
a) Acceso a talleres ubicados en la ZBE.
b) Acceso a los aparcamientos privados para la clientela alojada en los establecimientos de alojamiento turístico
c) Acceso a los aparcamientos públicos en el interior de la ZBE,
d) Acceso a la realización de consultas médicas y servicios veterinarios cuando estos se presten en la ZBE
e) Los vehículos para actos en la vía pública y ocupaciones
Tramitación:
- Aprobación inicial del proyecto de ordenanza y proyecto técnico por el Pleno del 13 de diciembre.
- Información pública 30 días y comunicación a interesados
- Respuesta a las alegaciones
- Aprobación definitiva en Pleno.
- Aprobación procedimientos de autorización de exenciones y accesos temporales.
- Tramitación y validación de exenciones
- Periodo de información de accesos no autorizados.