- Familias numerosas
Bonificación en el IBI respecto del bien inmueble gravado que constituya vivienda habitual de los mismos, de acuerdo con las siguientes categorías: Familia numerosa de categoría General: bonificación del 40%Especial: bonificación del 90%.
- Viviendas de protección oficial
Bonificación de 50 por 100 en la cuota íntegra del IBI, durante los tres periodos impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva, las viviendas de protección oficial y las que resulten equiparables