Descripción
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Una vez aprobado, el documento se remitirá a la Consejería competente en materia de medio ambiente de la Junta de Castilla y León, para su aprobación y la posterior supervisión de su aplicación.
La Junta de Gobierno Local ha aprobado en su sesión de hoy de forma definitiva la propuesta de actualización del Plan de Acción contra el ruido del municipio de Valladolid (PARVA 2024, Fase 4, que se configura como un instrumento de carácter bifuncional capaz de desplegar acciones tanto preventivas como correctivas, con la finalidad de abordar integralmente los aspectos relativos a la contaminación acústica.
Su propósito principal radica en la identificación y priorización de intervenciones de supervisión, control y minimización, en caso de incumplimiento de los objetivos de calidad acústica
La propuesta de actualización del PARVA-4F que se ha aprobado, se ha elaborado de acuerdo a la legislación aplicable, tiene en cuenta todos los aspectos detectados en cuanto a la posibilidad de mejora respecto a la contaminación acústica en la ciudad, y reúne una serie de medidas actualizadas y viables, encaminadas a la supervisión, control, reducción e información pública de ésta en diferentes ámbitos.
Como nuevos aspectos abordados en la actualización del Plan de esta fase 4, cabe señalar:
• Implantación de la ZBE y su impacto sobre la disminución del ruido por tráfico rodado.
• Estudios y declaración de Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS)
• Declaración de las primeras Zonas Tranquilas de la ciudad.
Derivado del último Mapa Estratégico del Ruido (MER Fase 4), que sólo contemplaba el ruido derivado del tráfico y el industrial, en este Plan se incluyen otras fuentes de ruido. Así, el documento, basándose en lo anterior, se articula sobre los siguientes grupos de actuación, en orden de prioridad:
•Grupo 1: Tráfico Rodado.
•Grupo 2: Ocio Nocturno.
•Grupo 3: Eventos en vía pública. Musicales y Deportivos.
•Grupo 4: Terrazas.
•Grupo 5: Obras en la vía pública.
•Grupo 6: Ordenación.
•Grupo 7: Movilidad.
•Grupo 8: Centro Municipal de Acústica.
•Grupo 9: Dosis/Efecto impacto sobre la salud.
•Grupo 10: Divulgación, comunicación y retorno de la información.
Finalmente, y de acuerdo al CAPÍTULO IV, Planes de acción en materia de contaminación acústica y zonificación, Artículo 44. Realización de los planes, punto 3, de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, una vez aprobado el documento, se remitirá a la Consejería competente en materia de medio ambiente de la Junta de Castilla y León, para su aprobación y la posterior supervisión de su aplicación.