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Descripción
La Cuenta Tributaria Municipal es un sistema de pago con vencimiento especial que permite al contribuyente realizar, mediante ingresos mensuales a cuenta de la deuda tributaria anual estimada, el pago correspondiente a todos los tributos de cobro periódico anual que le afecten de entre los siguientes: Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, Impuesto sobre bienes inmuebles, Impuesto sobre actividades económicas, Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de espacio para aparcamiento, Tasa por instalación de quioscos en la vía pública y Tasa por ocupación del suelo por cajeros automáticos.
Para este ejercicio 2025 no se incluye en la Cuenta Tributaria Municipal el pago de la Tasa por el servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos domésticos o asimilables a domésticos ya que, al ser el primer año de implantación, su gestión no se realiza a través de recibos y sí de liquidaciones que serán notificadas a los interesados.
Los ciudadanos interesados en utilizar esta modalidad de pago de los tributos, para el ejercicio 2025 deberán solicitarlo en el mes de noviembre del ejercicio 2024 y cumplir los siguientes requisitos:
1) Estar incluidos en el censo de contribuyentes de los tributos enumerados anteriormente.
2) No tener deuda pendiente en vía ejecutiva
3) Domiciliar el pago de las cuotas en una única cuenta
4) El importe total anual de la deuda tributaria no podrá ser inferior a 200€
Los contribuyentes que ya figuraran adheridos a este sistema especial de pago en ejercicios anteriores, mantendrán esta modalidad de pago de manera indefinida siempre que cumplan los requisitos anteriores, y deberán comunicar expresamente al Ayuntamiento de Valladolid durante el mes de noviembre cualquier cambio que afecte a su Cuenta Tributaria.
En la Cuenta Tributaria Municipal se cargarán mediante domiciliación bancaria:
- 12 cuotas mensuales con vencimiento dentro de los cinco primeros días de cada mes, de enero a diciembre.
- En la cuota del mes de diciembre se regularizará la diferencia, en el supuesto de que se produjera una alteración de alguna de las cuotas estimadas.
- Las deudas tributarias integradas en esta modalidad de pago tendrán vencimiento en período voluntario el 31 de diciembre del correspondiente ejercicio, y no se generarán intereses de demora.
- El impago de cualquiera de las cuotas implicará la cancelación de la cuenta tributaria.
Plazo de solicitud:
-Durante el mes de noviembre del ejercicio anterior al de su aplicación.
Lugar y forma de presentación:
-Oficina de Atención al Contribuyente -Servicio Gestión Ingresos- Plaza Santa Ana 6, planta baja.
-Registro general del Ayuntamiento de Valladolid. Sede electrónica: www.valladolid.es
Documentación:
Acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria y de los documentos justificativos de la representación si se actúa en nombre de otra persona física o jurídica.
Información:
Teléfono 983 426 426. Correo electrónico nat@ava.es.
Horario:
-de 8.30 a 14.30 horas, de lunes a viernes laborales del mes de noviembre.
Regulación:
:-Ordenanza general de gestión, liquidación, recaudación e inspección del Ayuntamiento de Valladolid, artículo 37 apartado 8.