Descripción

  • El Consistorio realizará inversiones por valor de 37.000 euros en la remodelación de aceras para facilitar la autorización de las terrazas que cumplen la normativa y supondrán una mejora competitiva para los empresarios de hostelería.


Una vez superada la pandemia por COVID 19 y restaurada la ‘nueva normalidad’, se fueron dejando paulatinamente sin efecto las medidas excepcionales en materia de terrazas de hostelería que se adoptaron en su momento por el Ayuntamiento de Valladolid para paliar las consecuencias y efectos negativos que en el ámbito socioeconómico supuso el episodio pandémico, habiéndose procedido a principios de 2024 al desmontaje definitivo de todas las terrazas subsistentes que habían sido autorizadas en zonas de aparcamiento.

En todo caso, y dado que la experiencia de utilización de ese espacio para terrazas ha sido en muchos casos positiva, el Ayuntamiento suscribió el 13 de diciembre de 2023 un protocolo de colaboración con la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Valladolid. Todo ello para impulsar la elaboración de un estudio y diagnóstico de los emplazamientos que inicialmente fueron utilizados y posteriormente revertidos, con el fin de evaluar de forma singularizada si algún emplazamiento concreto que llegue a presentar una adecuada caracterización del viario pudiera ser susceptible de ocuparse de nuevo con terraza en los términos establecidos en la correspondiente ordenanza reguladora.

La elaboración del estudio aludido se encomendó a la consultora especializada IDI STUDIO, que en julio de 2024 ha aportado la documentación definitiva del mismo, que puede consultarse a través del siguiente enlace:

https://www.valladolid.es/es/ayuntamiento/organizacion-administrativa/areas/area-trafico-movilidad/utilidad/publicaciones/estudio-ordenacion-terrazas-hosteleria-valladolid-2024-docu

Dicha documentación incorpora:

1. Un apartado analítico en el que se efectúa un exhaustivo trabajo de campo con fichas individualizadas para determinar las características de cada uno de los 56 emplazamientos en los que subsistían terrazas en aparcamientos.

2. Un apartado propositivo distinguiendo entre aquellas terrazas que inicialmente no son susceptibles de reubicación, salvo que se efectúe una reforma integral de la urbanización del espacio público viario o se incorporen modificaciones en el régimen normativo y aquellas otras en las que es posible establecer alternativas de ubicación cuando la morfología actual del espacio público lo permita con alguna modificación de acerado o cuando sea posible alcanzar acuerdos privados con comunidades de propietarios.

De modo sintético, las conclusiones de este apartado propositivo son las siguientes:

  • La mayor problemática encontrada es la de establecimientos con anchos de acera estrechos, que en caso de instalar terraza no permitiría un paso libre de obstáculos de 1,80 m exigido en la normativa, y que se concentran en las zonas residenciales donde el coeficiente de habitabilidad y aparcamiento también está saturado.
  • Estas zonas se concentran en mayor medida en el barrio de La Victoria, con 9 terrazas a las que es imposible reubicar si no es ocupando plazas de aparcamiento.
  • En menor medida las zonas de San Pablo-San Nicolás y San Martín, que cuentan con otras 9 terrazas a reubicar, también con alta densidad de población y baja tasa de aparcamiento, dado que la peatonalización es alta, reduce la posibilidad de poder colocar terrazas alrededor de estas calles peatonales debido que son viales de un solo sentido que dan acceso a garajes. 4 de ellas podrían reubicarse con un cambio de normativa y las otras 5 solamente ocupando plazas de aparcamiento.
  • Como tercer núcleo destacan las situadas en La Rondilla, donde el ancho de las calles impide recolocarlas sin ocupar plazas de aparcamiento.
  • La dificultad para encontrar alternativas a las terrazas se ha observado desde el inicio de los trabajos de campo, y eran previsibles toda vez que no se han realizado propuestas alternativas por parte de los empresarios.
  • A la vista de lo anterior, el documento ha explorado e identificado aquellos aspectos que impiden la aparición de dichos usos en el espacio público en el caso de que se habrá la oportunidad de modificar dichos factores.
  • El documento también pretende ayudar a los diferentes locales afectados para evaluar la situación en su entorno de cara a futuras actuaciones.

Caracterización y reversibilidad de los supuestos:

  • Terrazas que no son susceptibles de reubicarse por falta de ancho en la acera y estrechez de calle. Se trata de 41 establecimientos que aparecen relacionados en el estudio.
  • Terrazas que no cumplen con la ordenanza actual por tener que cruzar un vial. Se trata de 2 establecimientos que aparecen relacionados en el estudio.
  • Terrazas que no cumplen con la ordenanza actual por tener que cruzar un vial y estar a más de 15 m de distancia. Se trata de 4 establecimientos que aparecen relacionados en el estudio.
  • Terrazas que cumplirían en caso de considerarse supuesto de excepcionalidad contemplado en la ordenanza al situarse a una distancia superior a 15 m a la puerta del local. Se trata de 3 establecimientos en las siguientes ubicaciones:

Núm terraza

Emplazamiento

5

C/ Ávila

9

C/ Norte

49

Plaza de Caño Argales


  • Terrazas que cumplirían si se alcanza un acuerdo privado con la comunidad de vecinos. Se trata de 1 establecimiento en la siguiente ubicación:

Núm terraza

Emplazamiento

7

C/ Velázquez 1


  • Terrazas que cumplirían modificando aceras con un nivel bajo de intervención. Se trata de 5 establecimientos en las siguientes ubicaciones:

Núm terraza

Emplazamiento

15

C/ Rastrojo)

23

C/ Cardenal Cisneros

31

Avda. Real de Burgos

34

C/ Arca Real

40

C/ Padilla


El coste estimado de la intervención necesaria para la adaptación del acerado en estos cinco supuestos sería del orden de 37.000 euros.

En su conjunto, las terrazas que eventualmente serán susceptibles de reubicarse suponen un 16% de las que fueron finalmente retiradas en enero de 2024.


Regulación y ordenación de las terrazas a nivel global


Paralelamente al estudio realizado sobre las desaparecidas terrazas en aparcamientos y atendiendo a las previsiones del protocolo suscrito con la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Valladolid, en la actualidad se está ultimando la elaboración de los pliegos técnicos y administrativos para iniciar el procedimiento de contratación de los servicios de consultoría para la elaboración de un Plan de Regulación y Ordenación de la instalación de terrazas de hostelería en Valladolid.

La ciudad cuenta con un contingente del orden de 1.300 establecimientos con instalaciones autorizadas, con una variada casuística de situaciones, disposiciones y tipologías que en muchas ocasiones configuran instalaciones fijas con vocación de permanencia.

El Plan por elaborar se configura como un instrumento que permita abordar la problemática asociada a las terrazas de hostelería y afrontar su regulación y ordenación a nivel global de ciudad, analizando y regulando aspectos morfológicos y funcionales, fiscales, de concreción del mobiliario e instalaciones anejas, de seguridad de utilización y de inspección y control administrativo.

La elaboración e implementación del Plan habrá de realizarse por fases, contemplando una primera fase para identificar, delimitar y diagnosticar las distintas zonas en que pueden agruparse las terrazas, una segunda fase con propuestas concretas de ordenación de las zonas más sensibles o singulares y una tercera fase para ordenar y regular el resto de terrazas.

La previsión es que el Plan se licite y elabore en los próximos meses y adquiera ejecutividad a lo largo de 2025.