Descripción
El derecho de acceso se encuentra regulado en los artículos 15 RGPD y 13 de la LOPDGDD).
La persona interesada tiene derecho a dirigirse al responsable del tratamiento para conocer si se están tratando o no datos personales que le conciernen.
En el caso de que se estén tratando sus datos, la persona interesada tendrá derecho a obtener una copia de los datos personales que son objeto de tratamiento.
Asimismo, tendrá derecho a obtener información sobre:
1. Los fines del tratamiento.
2. Categorías de datos personales de que se trate.
3. Los destinatarios o las categorías de destinatarios a los que se comunicaron o serán comunicados los datos personales.
4. De ser posible, el plazo previsto de conservación de los datos personales o, de no ser posible, los criterios utilizados para determinar este plazo.
5. La existencia del derecho a solicitar al responsable la rectificación o supresión de los datos personales o la limitación del tratamiento de los datos personales o a oponerse a dicho tratamiento.
6. El derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control.
7. Información sobre el origen de los datos si no se han obtenido directamente de la persona interesada.
8. La existencia de decisiones automatizadas, incluidas la elaboración de perfiles.
9. Cuando se transfieran datos personales a un tercer país o a una organización internacional, el interesado tendrá derecho a ser informado de las garantías adecuadas en virtud del artículo 46 del RGPD relativas a la transferencia.
El responsable del tratamiento facilitará una copia de los datos personales objeto de tratamiento. El derecho a obtener copia no afectará negativamente a los derechos y libertades de terceros.
Cuando el responsable trate una gran cantidad de datos relativos al afectado y éste ejercite su derecho de acceso sin especificar si se refiere a todos o a una parte de los datos, el responsable podrá solicitarle, antes de facilitar la información, que especifique los datos o actividades de tratamiento a los que se refiere la solicitud.
Se podrá considerar repetitivo el ejercicio del derecho de acceso en más de una ocasión durante el plazo de seis meses, a menos que exista causa legítima para ello. En este caso, el responsable del tratamiento procederá a la desestimación de la pretensión en la resolución que ponga fin al procedimiento.
Cuando el afectado elija para responderle un medio distinto al que se le ofrece que suponga un coste desproporcionado, la solicitud será considerada excesiva, por lo que dicho afectado asumirá el exceso de costes que su elección comporte.
Medio para el ejercicio del derecho.
Este ayuntamiento dispone de un modelo normalizado que puede consultar en:
https://sede.valladolid.es/moad/oficina-moad/tramites/acceso.do?id=15321

