Descripción
El derecho a no ser objeto de una decisión individualizada basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles se regula en los artículos 22 del RGPD y 18 de la LOPDGDD.
Las personas interesadas tienen derecho a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, que produzca efectos sobre ellas o les afecte significativamente de modo similar.
No obstante, este derecho no se aplicará si la decisión:
a) Es necesaria para la celebración o la ejecución de un contrato con el responsable del tratamiento.
b) Está autorizada por el Derecho de la Unión Europea o español, y se han establecido medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y los intereses legítimos de la persona interesada.
c) Se basa en el consentimiento explícito de la persona interesada.
En los casos a) y c) anteriores, el responsable del tratamiento adoptará las medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades y los intereses legítimos de la persona interesada, como mínimo el derecho a obtener intervención humana por parte del responsable, a expresar su punto de vista y a impugnar la decisión.
En todo caso las decisiones no se basarán en categorías especiales de datos personales salvo que la persona interesada haya dado su consentimiento explícitamente para el tratamiento de dichos datos personales o el tratamiento es necesario por razones de un interés público esencial para el responsable del tratamiento, y se hayan tomado medidas adecuadas para salvaguardar los derechos y libertades e intereses legítimos de la persona interesada.
Medio para el ejercicio del derecho.
Este ayuntamiento dispone de un modelo normalizado que puede consultar en:
https://sede.valladolid.es/moad/oficina-moad/tramites/acceso.do?id=15321

